Definimos animales peligrosos a aquellos que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Tal condición debe venir certificada por un veterinario autorizado por la autoridad competente, el cual determina si es o no potencialmente peligroso.
El régimen jurídico español contempla, desde que se aprobó en 2002 y modificado en 2007, ocho razas de perros con consideración de animales peligrosos, que son: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU y sus cruces.
Es necesario obtener una licencia administrativa, otorgada por la autoridad municipal. Y además se deben cumplir los siguientes requisitos:
• Ser mayor de edad
• No presentar antecedentes penales: para demostrarlo se debe adjuntar un certificado de penales que se obtiene en el Registro de Antecedentes Penales y una declaración jurada de no haber sido sancionado por la presente Ley.
• Certificado médico que acredite la aptitud física y psicológica para ser poseedor de uno de estos animales.
• Acreditación de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Una vez haya superado las pruebas médicas y psicológicas pertinentes, se expide un certificado médico que le servirá para obtener la licencia de tenencia de animales peligrosos.
Es necesaria la siguiente documentación:
• DNI en vigor.